Abogados especialistas en allanamiento de morada en Barcelona
En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados especialistas en allanamiento de morada en Barcelona.
La mayor garantía de nuestro éxito es que el socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, ha sido reconocido profesionalmente por el directorio internacional BEST LAWYERS como uno de los mejores abogados penalistas de España.
La mayor garantía de éxito
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El delito de allanamiento de morada en el Código Penal
El delito de allanamiento de morada se encuentra regulado en el artículo 202 del Código Penal.
Como abogados especialistas en allanamiento de morada en Barcelona, cabe señalar que el bien jurídico protegido por este delito es el derecho a la intimidad personal. En este sentido, se constituye el domicilio como un ámbito espacial esencial para el desarrollo de la vida privada.
Modalidades del delito de allanamiento de morada
El Código Penal tipifica dos modalidades de allanamiento de morada: el delito de allanamiento de morada activo y el allanamiento de morada pasivo.
En nuestra condición de abogados especialistas en allanamiento de morada en Barcelona, cabe destacar que el allanamiento de morada activo consiste en entrar en una morada ajena sin permiso de su titular.
Por su parte, el allanamiento de morada pasivo consiste en permanecer en una morada ajena cuando el titular a haya pedido que se abandone.
Pena del delito básico de allanamiento de morada
La pena prevista el delito básico de allanamiento de morada es la de prisión de seis meses a dos años.
Abogados expertos en allanamiento de morada en Barcelona
En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados expertos en allanamiento de morada en Barcelona.
El delito agravado de allanamiento de morada
Como abogados expertos en allanamiento de morada en Barcelona, cabe destacar que el Código Penal castiga como delito agravado de allanamiento de morada cuando se ejecuta con violencia o intimidación.
Por violencia se entiende el uso de fuerza física contra una persona. En cambio, por intimidación se entiende la amenaza de un mal.
Pena del delito agravado de allanamiento de morada
La pena prevista para el delito agravado de allanamiento de morada es de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses.
En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona, como despacho de abogados expertos en allanamiento de morada en Barcelona, intervenimos en los procedimientos penales seguidos por delito de allanamiento de morada.
Mejores abogados de allanamiento de morada en Barcelona
INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona es un despacho formado por los mejores abogados de allanamiento de morada en Barcelona
Nuestro objetivo principal es garantizar la mejor defensa penal de nuestros clientes, por lo que somos considerados un despacho de los mejores abogados de allanamiento de morada en Barcelona.
Si tiene cualquier problemática relacionada con el delito de allanamiento de morada, llámenos y nuestro equipo de mejores abogados de allanamiento de morada en Barcelona le atenderá inmediatamente para analizar su situación.
Premios como mejores abogados de allanamiento de morada en Barcelona
El prestigioso directorio internacional BEST LAWYERS ha reconocido al socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, como uno de los mejores abogados penalistas de España, siendo considerados un despacho de los mejores abogados de allanamiento de morada en Barcelona.
Jurisprudencia del delito de allanamiento de morada
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón número 369/2015, de 13 de octubre, establece lo siguiente:
“La doctrina jurisprudencial (SSTS de 17 de noviembre de 2000, 12 de marzo de 2001, 7 de octubre de 2013, 11 de diciembre de 2014) viene exigiendo los siguientes requisitos típicos:
1) El sujeto activo debe ser necesariamente un particular, pudiendo atribuirse tal condición a cualquier persona que no habita en la misma morada, admitiendo la conducta típica dos modalidades: por un lado, entrar en morada ajena, y por otro, mantenerse en la misma; en ambos casos contra la voluntad del morador.
2) La dinámica comisiva exige dos elementos, uno, positivo, y otro, negativo. El primero consiste en una acción de usurpación cometida en la morada ajena, entendiendo por morada ese espacio físico delimitado que permite a su morador proteger su vida privada y ejercer su facultad de exclusión respecto de terceros, de modo que la morada existe con independencia de que en un determinado momento su morador no se encuentre en ella, sin que tampoco sea necesario que se trate de un piso, una casa o un chalet, comprendiéndose dentro de dicho recinto, dotado de especial protección, no sólo las estancias destinadas a la convivencia en intimidad, sino cuantos anejos, aledaños o dependencias constituyan el entorno de la vida privada de los moradores, aunque dicho espacio delimitado sea, por ejemplo, una de las habitaciones integrante de un inmueble o, incluso, una habitación de un hotel, y no sólo cuando constituya un lugar de residencia permanente aunque su titular se encuentre ocasionalmente en dicha habitación.
3) El elemento negativo se configura en el sentido de que la referida conducta se perpetra contra la voluntad del morador o de quien tiene derecho a excluir la intromisión; exclusión del consentimiento que puede ser tácita y hasta presunta, sin que requiera manifestación expresa del morador, bastando que lógicamente pueda deducirse de las circunstancias del hecho o de otros antecedentes”