Abogados Especialistas en Delitos Contra la Propiedad Industrial en Barcelona
En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados especialistas en delitos contra la propiedad industrial en Barcelona.
La mayor garantía de nuestro éxito es que el socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, ha sido reconocido profesionalmente por el directorio internacional BEST LAWYERS como uno de los mejores abogados penalistas de España.
La mayor garantía de éxito
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Los delitos contra la propiedad industrial en el Código Penal
Los delitos contra la propiedad industrial se encuentran regulados en los artículos 273 a 277 del Código Penal.
En nuestra condición de abogados especialistas en delitos contra la propiedad industrial en Barcelona, podemos afirmar que el bien jurídico protegido por estos delitos es la necesidad económica social de intervención del Estado a fin de fomentar la investigación y el desarrollo tecnológico.
El delito de infracción de patente
Como abogados especialistas en delitos societarios en Barcelona, cabe señalar que el apartado primero del artículo 273 del Código Penal castiga al que, con fines industriales o comerciales, sin consentimiento del titular de una patente o modelo de utilidad y con conocimiento de su registro, fabrique, importe, posea, utilice, ofrezca o introduzca en el comercio objetos amparados por tales derechos.
Del mismo modo se castiga al que cometa cualquier a de las conductas referidas respecto de modelos o dibujos industriales o artísticos o topografía de un producto semiconductor.
Para este delito, el Código Penal prevé una pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses.
El delito de infracción de procedimientos patentados
El segundo apartado del artículo 273 del Código Penal castiga el que, con fines industriales o comerciales, y sin consentimiento del titular, utilice u ofrezca la utilización de un procedimiento objeto de una patente, o posea, ofrezca, introduzca en el comercio, o utilice le producto directamente obtenido por el procedimiento patentado.
Como abogados especialistas en delitos contra la propiedad industrial en Barcelona, cabe señalar que, en estos supuestos, el Código Penal prevé la imposición de las mismas penas de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses.
Abogados Expertos en Delitos Contra la Propiedad Industrial en Barcelona
En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados expertos en delitos contra la propiedad industrial en Barcelona.
El delito de infracción de signos distintivos
El artículo 274 del Código Penal tipifica el delito de infracción de signos distintivos.
Como abogados expertos en delitos contra la propiedad industrial en Barcelona, cabe señalar que, en concreto, apartado primero del artículo 274 del Código Penal castiga al que, con fines industriales o comerciales, sin consentimiento del titular de un derecho de propiedad industrial registrado conforme a la legislación de marcas y con conocimiento del registro:
- Fabrique, produzca o importe productos que incorporen un signo distintivo idéntico o confundible
- Ofrezca, distribuya, o comercialice al por mayor, productos que incorporen un signo distintivo idéntico o confundible, o los almacene con esa finalidad, cuando se trate de los mismos o similares productos, servicios o actividades para los que el derecho de propiedad industrial se encuentre registrado
Para estos supuestos, el Código Penal prevé una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
Además, el apartado segundo del mismo artículo 274 castiga el que ofrezca, distribuya o comercialice al por menor, o preste servicios o desarrolle actividades, que incorporen un signo distintivo idéntico o confundible con aquél, cuando se trate de los mismos o similares productos, servicios o actividades para lo que el derecho de propiedad industrial se encuentre registrado.
En este caso, la pena a imponer será la de prisión de seis meses a tres años.
Los delitos agravados contra la propiedad industrial
El artículo 276 prevé un subtipo agravado aplicable a los delitos de infracción de patente, infracción de procedimientos patentados e infracción de signos distintivos.
Como abogados expertos en delitos contra la propiedad industrial en Barcelona, cabe destacar que nos encontraremos ante un subtipo agravado cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Que el beneficio obtenido o que se hubiera podido obtener posea especial trascendencia económica
- Que los hechos revista especial gravedad, atendiendo el valor de los objetos producidos ilícitamente, el número de obras ilícitamente reproducidas, distribuidas, comunicadas al público o puestas a su disposición, o a la especial importancia de los perjuicios ocasionados
- Que el culpable perteneciere a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que tuviese como finalidad la realización de actividades infractoras de derechos de propiedad industrial
- Que se utilice a menores de 18 años para cometer estos delitos
En estos casos, la pena a imponer será la de prisión de dos a seis años, multa de dieciocho a treinta y seis meses e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión relacionada con el delito cometido de dos a cinco años.
En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona, como despacho de abogados expertos en delitos contra la propiedad industrial en Barcelona, intervenimos en los procedimientos penales seguidos por delitos contra la propiedad industrial.
Mejores Abogados de Delitos Contra la Propiedad Industrial en Barcelona
INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona es un despacho formado por los mejores abogados de delitos contra la propiedad industrial en Barcelona
Nuestro objetivo principal es garantizar la mejor defensa penal,por lo que somos considerados como un despacho de los mejores abogados de delitos contra la propiedad industrial en Barcelona.
Si tiene cualquier problemática relacionada con el delito contra la propiedad industrial, llámenos y nuestro equipo de mejores abogados de delitos contra la propiedad industrial en Barcelona le atenderá inmediatamente para analizar su situación.
Premios como mejores abogados de delitos contra la propiedad industrial en Barcelona
El prestigioso directorio internacional BEST LAWYERS ha reconocido al socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, como uno de los mejores abogados penalistas de España, siendo considerados un despacho de los mejores abogados de delitos contra la propiedad industrial en Barcelona.
Jurisprudencia de delitos contra la propiedad industrial
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia número 521/2011, de 30 de junio, establece lo siguiente:
“El Tribunal Supremo ha señalado que el delito contra la propiedad industrial requiere la concurrencia de los siguientes requisitos:
1) La existencia de una serie de productos, servicios, actividades o establecimientos, que el derecho de propiedad industrial permita su registro y efectivamente lo estén por quienes se arroguen su titularidad.
2) Que tales productos se encuentren reproducidos, imitados, modificados o de cualquier otro modo utilizados, conculcando con ello los derechos de propiedad industrial.
3) Que tales conductas se realicen con fines industriales o comerciales, sin el consentimiento del titular del derecho registrado conforme a la legislación de Marcas, lo que constituye un elemento normativo del tipo.
4) Que el sujeto activo sea quien lo fabrique, lo realice o quien lo posea para su comercialización o lo ponga en el comercio, lo haga a sabiendas de tal falsedad y de la ausencia del consentimiento del titular registral, elemento subjetivo del tipo, que sólo puede ser intencional o doloso y que, además, requiere el perjuicio real o intentado, derivado del uso, fabricación o ejecución de las marcas por personas distintas de su titular, obtenido mediante la generación de confusión en los consumidores, que en el aspecto subjetivo requiere un dolo específico, pues la notoriedad de la marca incide en la imposibilidad de confusión por venderse sólo en tiendas autorizadas.
4) En cuanto a la antijuridicidad, que la titularidad se encuentre protegida por la previa inscripción registral. 5) Respecto de la culpabilidad, no sólo es preciso el dolo genérico sobre la acción realizada, sino el específico de tener intención o ánimo defraudatorio, al exigir el tipo penal el ánimo de perpetrar un perjuicio, pues no puede interpretarse de otra forma la realización de conductas con “fines comerciales o industriales” o la más concreta puesta en el comercio o posesión para la comercialización a que ambas modalidades del artículo 274 se refieren.”