Abogados Juicios Rápidos Barcelona

INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona es un despacho de abogados de Juicios Rápidos en Barcelona. Nuestra profesionalidad como abogados de Juicios Rápidos en Barcelona conlleva que intervengamos con éxito en numerosos Juicios Rápidos ante los Juzgados de Barcelona.

Abogados Especialistas en Juicios Rápidos en Barcelona

En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados especialistas en Juicios Rápidos en Barcelona.

La mayor garantía de nuestro éxito como abogados de Juicios Rápidos en Barcelona es que el socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, ha sido reconocido profesionalmente por el directorio internacional BEST LAWYERS como uno de los mejores abogados penalistas de España.

  • Abogados Juicios Rápidos Barcelona
  • Abogados Juicios Rápidos Barcelona
Hemos sido reconocidos profesionalmente por el directorio internacional BEST LAWYERS como uno de los mejores abogados penalistas de España durante cuatro años consecutivos.
Carlos Belmonte. CEO y socio fundador

La mayor garantía de éxito

La mayor garantía del éxito en un proceso penal es contar con una excelente defensa jurídica.
Llámenos ahora y le atenderemos inmediatamente.
93 343 70 40 / 609 73 58 58 (atención 24h).
O, si lo prefiere, pídanos una citaen el despacho y valoraremos su caso.

El juicio rápido

El juicio rápido es un tipo de procedimiento penal caracterizado por la brevedad de sus plazos y la sencillez en su instrucción, y está reservado para el enjuiciamiento de determinados delitos, y en determinadas condiciones.

Como abogados especialistas en Juicios Rápidos en Barcelona, podemos afirmar que la regulación del Juicio Rápido se encuentra en los artículos 795 a 803 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Los requisitos para el enjuiciamiento por juicio rápido

El artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece los siguientes requisitos para poder enjuiciar una conducta a través de este procedimiento:

  • Que se trate de delitos castigados con pena de prisión hasta cinco años, o privativas de derechos hasta cinco años
  • Que el proceso penal se haya incoado en virtud de atestado policial, habiendo la Policía Judicial detenido al infractor, o citado para comparecer ante el juzgado de guardia en calidad de denunciado

En nuestra condición de abogados especialistas en Juicios Rápidos en Barcelona, cabe señalar que, además de los requisitos anteriores, deberá concurrir alguno de los siguientes:

  • Que se trate de delitos flagrantes, en el sentido de que se estuviese cometiendo o se acabe de cometer cuando el delincuente sea sorprendido en el acto
  • Que se trate de alguno de los siguientes delitos
    • Lesiones, coacciones, amenazas o violencia física o psíquica habitual, cometidos contra quien sea o haya sido esposa o persona con análoga relación de afectividad
    • Hurto, robo, hurto y robo de vehículos
    • Delitos contra la seguridad del tráfico
    • Delitos de daños
    • Delitos contra la salud pública
    • Delitos flagrantes relativos a la propiedad intelectual e industrial
  • Que se trate de un hecho punible cuya instrucción se presuma sencilla

Abogados Expertos en Juicios Rápidos en Barcelona

En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados expertos en Juicios Rápidos en Barcelona.

Las diligencias urgentes ante el Juzgado de guardia

Como abogados expertos en Juicios Rápidos en Barcelona, cabe señalar que, tras recibir el atestado policial, el Juzgado de guardia podrá incoar diligencias urgentes, si lo considera necesario.

En este contexto, se practicarán las diligencias de investigación pertinentes para el esclarecimiento de los hechos, que podrán consistir en cualquiera de las siguientes:

  • Recabar los antecedentes penales del investigado
  • Ordenar el examen de las personas que hayan comparecido por parte del médico forense
  • Tomar declaración al detenido y a los testigos citados por la Policía judicial
  • Practicar el reconocimiento en rueda del investigado
  • Ordenar la tasación por parte de perito de bienes u objetos intervenidos
  • Ordenar el careo de testigos

El juicio oral en los juicios rápidos

En nuestra condición de abogados expertos en Juicios Rápidos en Barcelona, cumple señalar que, concluidas las diligencias urgentes y presentado el escrito de acusación del Ministerio Fiscal y, en su caso, la acusación particular, sin que el investigado preste su conformidad, se fijará fecha para la celebración de juicio oral.

Tras el desarrollo del juicio, se dictará sentencia, la cual es susceptible de recurso de apelación en el plazo de cinco días En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona, como despacho de abogados expertos en Juicios Rápidos en Barcelona, intervenimos en Juicios Rápidos ante los Juzgados de Barcelona.

Mejores Abogados de Juicios Rápidos en Barcelona

INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona es un despacho formado por los mejores abogados de Juicios Rápidos en Barcelona

Nuestro objetivo principal es garantizar la mejor defensa penal,por lo que somos considerados como un despacho de los mejores abogados de Juicios Rápidos en Barcelona.

Si tiene cualquier problemática relacionada con un Juicio Rápido, llámenos y nuestro equipo delos mejores abogados de Juicios Rápidos en Barcelona le atenderá inmediatamente para analizar su situación.

Premios como mejores abogados de Juicios Rápidos en Barcelona

El prestigioso directorio internacional BEST LAWYERS ha reconocido al socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, como uno de los mejores abogados penalistas de España, siendo considerados un despacho de los mejores abogados de Juicios Rápidos en Barcelona.

Jurisprudencia de Juicios Rápidos

La Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 10ª) número 349/2016, de 5 de mayo, establece lo siguiente:

“Dispone el art. 795.1 L.E.Crim que «sin perjuicio de lo establecido para los demás procesos especiales, el procedimiento regulado en este Título se aplicará a la instrucción y al enjuiciamiento de delitos castigados con pena privativa de libertad que no exceda de cinco años, o con cualesquiera otras penas, bien sean únicas, conjuntas o alternativas, cuya duración no exceda de diez años, cualquiera que sea su cuantía, siempre que el proceso penal se incoe en virtud de un atestado policial y que la Policía Judicial haya detenido a una persona y la haya puesto a disposición del Juzgado de guardia o que, aun sin detenerla, la haya citado para comparecer ante el Juzgado de guardia por tener la calidad de denunciado en el atestado policial».

Qué opinan nuestros clientes

Manuel L
Manuel L
2024-01-25
Ni la mejor campaña de marketing podría superar a la realidad, hablar de los servicios jurídicos que ofrece este bufete es hablar de EXCELENCIA. Tuve la gran fortuna de ser representado y defendido en un juicio muy difícil para mí por el SR. BELMONTE, del cual destacaría de entre sus numerosas cualidades su excelente profesionalidad, basada en un trabajo expeditivo, de elevada y rigurosa calidad y en continuo contacto con el cliente ofreciéndole a su vez un trato muy humano, el cual genera un ambiente de mucha confianza desde el primer momento. Siempre le estaré muy agradecido a este magnífico abogado por lo bien que defendió mis intereses. A quien busque a un abogado penalista de garantía sólo le diría que solicite una primera entrevista con él y con total seguridad dará crédito a mis palabras.
Carmen Medigall
Carmen Medigall
2023-11-21
Recomiendo este bufete de abogados, me atendió Joan Recoder. Muy profesional y de gran amabilidad. Estoy muy satisfecha de haber contado con sus servicios.
Marc Creus
Marc Creus
2023-04-05
Mi más sincero agradecimiento para el despacho. Su manera de trabajar es totalmente profesional y el trato que tienen con el cliente es muy bueno en todo momento. Un gran despacho de abogados penalistas.
JORDI ELIAS
JORDI ELIAS
2023-04-01
Un Trato excelente y una defensa excepcional y muy profesional. Si necesito de nuevo asesoramiento jurídico penal no lo dudaré… repetiré con Belmonte & sugrañes
adela pérez
adela pérez
2023-03-31
Un equipo profesional especializado cuyo trabajo se basa en el conocimiento y la experiencia de veinte años. Su trabajo es impecable: riguroso, comprometido y eficaz, sin dar falsas esperanzas y con un trato fácil y cercano. Totalmente recomendable.
Eduard Guillera
Eduard Guillera
2023-03-30
Cuando necesité buscar un despacho de abogados penalistas en Barcelona, acabé eligiendo éste por la confianza y profesionalidad que me transmitió el abogado Carlos Belmonte desde el primer momento. La elección no pudo ser más acertada. Es un despacho penalista excepcional. Para mí, los mejores abogados penalistas que se pueden encontrar en Barcelona. Lo recomiendo al 100%.
Jordi Via Caballero
Jordi Via Caballero
2023-03-28
Un excelente despacho de abogados penalistas en Barcelona. Tanto Carlos Belmonte, como el resto del equipo, tuvieron una atención perfecta conmigo y me solucionaron el problema rápidamente.
Laura Marín Hernández
Laura Marín Hernández
2023-03-28
Recomiendo totalmente este despacho penalista. Actuaron de una manera absolutamente profesional desde un inicio y lograron conseguir un resultado incluso mejor de lo que me esperaba.
Miguel Angel Hernando Coello
Miguel Angel Hernando Coello
2023-03-27
Excelente despacho de abogados penalistas en Barcelona. Muy profesionales y con gran experiencia en derecho penal. Totalmente recomendable
Josep Arumí
Josep Arumí
2023-03-26
Tuve la fortuna de contactar con el despacho BELMONTE & SUGRAÑES. Tras la primera reunión con el sr. Carlos Belmonte ya me quede con la certeza de que estaba en buenas manos. El Sr. Carlos Belmonte como el Sr. Joan Recoder, me despejaron todas las dudas planteadas por mí. Su actuación profesional y rigurosa en todo el proceso, culmino con un resultado favorable a mis intereses. Muy agradecido con el trato y trabajo desarrollado.

Preguntas frecuentes

¿Qué delitos pueden enjuiciarse a través de un juicio rápido?

Por juicio rápido pueden enjuiciarse los siguientes delitos: Lesiones, coacciones, amenazas o violencia física o psíquica habitual, cometidos contra quien sea o haya sido esposa o persona con análoga relación de afectividad; hurto, robo, hurto y robo de vehículos; delitos contra la seguridad del tráfico; delitos de daños; delitos contra la salud pública; delitos flagrantes relativos a la propiedad intelectual e industrial.

¿Qué ocurre si, recibido el atestado policial, el juez de guardia considera que la instrucción de los hechos no va a ser sencilla?

Si el juez de guardia considera que la instrucción de los hechos no va a ser sencilla, y que la práctica de diligencias urgentes no va a ser suficiente para su esclarecimiento, podrá ordenar la continuación del proceso por los cauces de las Diligencias Previas.

¿Qué autoridades conforman la Policía Judicial?

De acuerdo con el artículo 547 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, todos los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tanto si dependen del Gobierno central como de las Comunidades Autónomas o de los entes locales, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, podrán considerarse Policía Judicial.

El mejor resultado posible gracias a la mejor defensa penal

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