Abogados Especialistas en Delitos de Obstrucción a la Justicia en Barcelona
En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados especialistas en delitos de obstrucción a la justicia en Barcelona.
La mayor garantía de nuestro éxito es que el socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, ha sido reconocido profesionalmente por el directorio internacional BEST LAWYERS como uno de los mejores abogados penalistas de España.
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El delito de obstrucción a la justicia en el Código Penal
En nuestra condición de abogados especialistas en delito de obstrucción a la justicia en Barcelona, podemos afirmar que el delito de obstrucción a la justicia se encuentra regulado en los artículos 463 y 463 del Código Penal.
El delito de obstrucción a la Justicia lo cometerá, en primer lugar, el que habiendo sido citado en forma para comparecer ante un Juzgado o Tribunal en causa criminal con preso, no comparezca provocando la suspensión del Juicio Oral.
Asimismo, aún no estando en una causa criminal con preso, se cometerá el delito de obstrucción a la justicia si se deja de comparecer en un Juzgado o Tribunal en dos ocasiones, independientemente de que la incomparecencia provoque o no la suspensión del juicio oral.
Como abogados especialistas en delitos de obstrucción a la justicia en Barcelona, cabe señalar que, en segundo lugar, cometerá el delito de obstrucción a la justicia el que mediante violencia o intimidación intente influir en quien sea denunciante, parte o imputado, abogado, procurador, perito, intérprete o testigo en un procedimiento judicial, con el fin de alterar su actuación procesal.
Finalmente, cometerá un delito de obstrucción a la justicia el que atente contra la vida, integridad, libertad, libertad sexual o bienes de cualquiera de las personas enumeradas anteriormente, como represalia por su actuación en el procedimiento.
Abogados Expertos en Delito de Obstrucción a la Jusiticia en Barcelona
En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados expertos en delitos de obstrucción a la justicia en Barcelona.
Las penas del delito de obstrucción a la justicia
Como abogados expertos en delitos de obstrucción a la justicia en Barcelona, podemos afirmar que la modalidad comisiva consistente en la incomparecencia voluntaria ante un Juzgado o Tribunal, está castigada con las siguientes penas:
- Prisión de tres a seis meses y multa de 6 a 24 meses en el caso del particular que no comparezca en causa criminal con preso.
- Multa de seis a diez meses al que no comparezca por segunda vez en causa criminal sin preso.
- En el caso de que el responsable de este delito sea abogado, procurador o representante del Ministerio Fiscal, en ejercicio de sus funciones profesionales, la pena a imponer será la señalada anteriormente en su mitad superior y la de inhabilitación para empleo o cargo público, profesión u oficio, por tiempo de dos a cuatro años.
- En el caso de que la suspensión del Juicio sea consecuencia de la incomparecencia del juez o miembro del tribunal o de quien ejerza funciones de secretario judicial, se impondrá la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a veinticuatro meses, así como inhabilitación especial por tiempo de dos a cuatro años.
En nuestra condición de abogados expertos en delito de obstrucción a la justicia en Barcelona, cabe señalar que, en el caso de que el delito sea cometido por intentar influir, con violencia o intimidación, en quien participe de cualquier modo en el procedimiento judicial, o atente contra sus bienes o derechos como represalia por su actuación en el procedimiento, se impondrán las penas siguientes:
- Prisión de uno a cuatro años y multa de seis a veinticuatro meses.
- En el caso de que el acusado consiga se propósito de influir en el denunciante, parte o imputado, abogado, procurador, perito, intérprete o testigo de un procedimiento judicial, se impondrá la pena en su mitad superior.
En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona, como despacho de abogados expertos en delitos de obstrucción a la justicia en Barcelona, intervenimos en los procedimientos penales seguidos por delito de obstrucción a la justicia.
Mejores Abogados de Delitos de Obstrucción a la Jusiticia en Barcelona
INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona es un despacho formado por los mejores abogados de delitos de obstrucción a la justicia en Barcelona
Nuestro objetivo principal es garantizar la mejor defensa penal de nuestros clientes, por lo que somos considerados como un despacho de los mejores abogados de delitos de obstrucción a la justicia en Barcelona.
Si tiene cualquier problemática relacionada con el delito de obstrucción a la justicia, llámenos y nuestro equipo de mejores abogados de obstrucción a la justicia en Barcelona le atenderá inmediatamente para analizar su situación.
Premios como mejores abogados de delitos de obstrucción a la justicia en Barcelona
El prestigioso directorio internacional BEST LAWYERS ha reconocido al socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, como uno de los mejores abogados penalistas de España, siendo considerados un despacho de los mejores abogados de delitos de obstrucción a la justicia en Barcelona.
Jurisprudencia del delito de obstrucción a la justicia
Según lo dispuesto en la Sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona núm. 12/2009, de 2 de enero:
«El régimen de sanciones por incomparecencia de testigos, que constituyen estadísticamente la causa más frecuente de suspensión del juicio oral, establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, es diferente según que el reo se encuentre o no prisión provisional, pues, en el primer supuesto, una primera desatención al llamamiento judicial que provoque la suspensión del juicio oral, da lugar al delito de obstrucción.
En cambio, cuando se trata de causa criminal en que el acusado se encuentra en libertad, como es el caso de autos, sólo la desatención a un segundo llamamiento o citación en que se haya hecho la advertencia pertinente da lugar a la comisión del delito, haya provocado o no la suspensión.
Así pues, la única interpretación posible del artículo 463.1º del Código Penal, que exige citación en forma, es que no puede incurrir en responsabilidad criminal por desatender el llamamiento judicial para declarar como testigo, si en la citación no se ha hecho la advertencia correspondiente, tal como previene el artículo 175.5º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».