Abogados Robos Barcelona

INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona es un despacho de abogados de robos en Barcelona. Nuestra profesionalidad como abogados de robos en Barcelona conlleva que intervengamos con éxito en procedimientos penales seguidos por delitos de robos ante los Juzgados y Tribunales de Barcelona.

Abogados especialistas en Robos en Barcelona

En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados especialistas en robos en Barcelona.

La mayor garantía de nuestro éxito como abogados de robos en Barcelona es que el socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, ha sido reconocido profesionalmente por el directorio internacional BEST LAWYERS como uno de los mejores abogados penalistas de España.

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Hemos sido reconocidos profesionalmente por el directorio internacional BEST LAWYERS como uno de los mejores abogados penalistas de España durante cuatro años consecutivos.
Carlos Belmonte. CEO y socio fundador

La mayor garantía de éxito

La mayor garantía del éxito en un proceso penal es contar con una excelente defensa jurídica.
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93 343 70 40 / 609 73 58 58 (atención 24h).
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El delito de robo en el Código Penal

El delito de robo se encuentra regulado en los artículos 237 a 242 del Código Penal.

Como abogados especialistas en robos en Barcelona, podemos señalar que el bien jurídico protegido por este delito es el patrimonio, pero hay que tener en cuenta que también pueden verse afectados otros bienes jurídicos como la libertad o la integridad de la persona.

Modalidades del delito de robo

En nuestra condición de abogados especialistas en robos en Barcelona, podemos afirmar que el Código Penal regula las dos siguientes modalidades del delito de robo:

  • El delito de robo con fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran
  • El delito de robo con violencia o intimidación contra las personas, sea para cometer el delito, para proteger la huida, o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren

Abogados expertos en robos en Barcelona

En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona somos abogados expertos en robos en Barcelona.

El robo con violencia o intimidación

Como abogados expertos en robos en Barcelona, podemos señalar que el artículo 242 del tipifica el delito de robo con violencia o intimidación, para el cual prevé una pena de prisión de dos a cinco años.

Se entiende por violencia aquella fuerza destinada a lesionar la actuación de la víctima en defensa del objeto. En cambio, se considera intimidación aquella destinada a lesionar la capacidad de decisión de la víctima de actuar en defensa del objeto que se pretende sustraer.

La pena prevista para el robo con violencia o intimidación se impondrá en su mitad superior cuando el autor haga uso de armas u otros medios peligrosos, ya sea para cometer el delito o para proteger la huida, y cuando ataque a los que acudan en auxilio de la víctima o a los que le persigan.

Además, en atención a la menor entidad de la violencia o intimidación que se ejerza, y valorando las restantes circunstancias del hecho, podrá imponerse la pena inferior en grado.

El robo con fuerza en las cosas

El artículo 238 del Código penal tipifica el delito de robo con fuerza en las cosas.

En nuestra condición de abogados expertos en robos en Barcelona, cabe mencionar que este delito se define como el apoderamiento de cosas muebles ajenas, con ánimo de lucro, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Escalamiento
  • Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana
  • Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo
  • Uso de llaves falsas
  • Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda

La pena prevista por el Código penal para el que cometa un delito de robo con fuerza en las cosas es de prisión de uno a tres años.

En INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona, como despacho de abogados expertos en robos en Barcelona, intervenimos en los en procedimientos penales seguidos por delito de robo.

Mejores Abogados de Robos en Barcelona

INTERPENAL. Abogados Penalistas Barcelona es un despacho formado por los mejores abogados de robos de Barcelona

Nuestro objetivo principal es garantizar la mejor defensa penal de nuestros clientes, por lo que somos considerados un despacho de los mejores abogados de robos en Barcelona.

Si tiene cualquier problemática relacionada con el delito de robo, llámenos y nuestro equipo de mejores abogados de robos en Barcelona le atenderá inmediatamente para analizar su situación.

Premios como mejores abogados de robos en Barcelona

El prestigioso directorio internacional BEST LAWYERS ha reconocido al socio fundador del despacho, Carlos Belmonte, como uno de los mejores abogados penalistas de España, siendo considerados un despacho de los mejores abogados de robos en Barcelona.

Jurisprudencia del delito de robo

La Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga número 141/2002, de 12 de diciembre, establece lo siguiente:

“Para poder afirmar que existe delito de robo, es necesario que concurran los siguientes requisitos:

1) El apoderamiento de cosas muebles ajenas (…)

2) La ausencia de consentimiento o voluntad del dueño de la cosa, consentimiento que no se presume salvo actos concluyentes, debiendo tal consentimiento, en el caso de existir, ser previo al apoderamiento.

3) El ánimo de lucro, en cuya significación debe entenderse comprendida toda ventaja, utilidad, beneficio o satisfacción, incluidos los meramente contemplativos que el agente albergue como propósito de su acción, presumiéndose en todo caso dicho ánimo en virtud del apoderamiento y sin perjuicio de la prueba en contrario respecto de otra intención (por ejemplo, causar daño), prueba que corresponderá en todo caso al acusado.

4) Además, será precisa la concurrencia de fuerza en las cosas o de violencia o intimidacion, según la modalidad del robo, siguiendo la distinción contenida en el artículo 237 del  Código Penal.

La intimidación consiste en el anuncio o conminación de un mal inmediato, grave, personal y posible, que inspire o despierte al perjudicado un sentimiento de miedo, angustia o desasosiego ante la posibilidad de un mal real o imaginario.”

Qué opinan nuestros clientes

Manuel L
Manuel L
2024-01-25
Ni la mejor campaña de marketing podría superar a la realidad, hablar de los servicios jurídicos que ofrece este bufete es hablar de EXCELENCIA. Tuve la gran fortuna de ser representado y defendido en un juicio muy difícil para mí por el SR. BELMONTE, del cual destacaría de entre sus numerosas cualidades su excelente profesionalidad, basada en un trabajo expeditivo, de elevada y rigurosa calidad y en continuo contacto con el cliente ofreciéndole a su vez un trato muy humano, el cual genera un ambiente de mucha confianza desde el primer momento. Siempre le estaré muy agradecido a este magnífico abogado por lo bien que defendió mis intereses. A quien busque a un abogado penalista de garantía sólo le diría que solicite una primera entrevista con él y con total seguridad dará crédito a mis palabras.
Carmen Medigall
Carmen Medigall
2023-11-21
Recomiendo este bufete de abogados, me atendió Joan Recoder. Muy profesional y de gran amabilidad. Estoy muy satisfecha de haber contado con sus servicios.
Marc Creus
Marc Creus
2023-04-05
Mi más sincero agradecimiento para el despacho. Su manera de trabajar es totalmente profesional y el trato que tienen con el cliente es muy bueno en todo momento. Un gran despacho de abogados penalistas.
JORDI ELIAS
JORDI ELIAS
2023-04-01
Un Trato excelente y una defensa excepcional y muy profesional. Si necesito de nuevo asesoramiento jurídico penal no lo dudaré… repetiré con Belmonte & sugrañes
adela pérez
adela pérez
2023-03-31
Un equipo profesional especializado cuyo trabajo se basa en el conocimiento y la experiencia de veinte años. Su trabajo es impecable: riguroso, comprometido y eficaz, sin dar falsas esperanzas y con un trato fácil y cercano. Totalmente recomendable.
Eduard Guillera
Eduard Guillera
2023-03-30
Cuando necesité buscar un despacho de abogados penalistas en Barcelona, acabé eligiendo éste por la confianza y profesionalidad que me transmitió el abogado Carlos Belmonte desde el primer momento. La elección no pudo ser más acertada. Es un despacho penalista excepcional. Para mí, los mejores abogados penalistas que se pueden encontrar en Barcelona. Lo recomiendo al 100%.
Jordi Via Caballero
Jordi Via Caballero
2023-03-28
Un excelente despacho de abogados penalistas en Barcelona. Tanto Carlos Belmonte, como el resto del equipo, tuvieron una atención perfecta conmigo y me solucionaron el problema rápidamente.
Laura Marín Hernández
Laura Marín Hernández
2023-03-28
Recomiendo totalmente este despacho penalista. Actuaron de una manera absolutamente profesional desde un inicio y lograron conseguir un resultado incluso mejor de lo que me esperaba.
Miguel Angel Hernando Coello
Miguel Angel Hernando Coello
2023-03-27
Excelente despacho de abogados penalistas en Barcelona. Muy profesionales y con gran experiencia en derecho penal. Totalmente recomendable
Josep Arumí
Josep Arumí
2023-03-26
Tuve la fortuna de contactar con el despacho BELMONTE & SUGRAÑES. Tras la primera reunión con el sr. Carlos Belmonte ya me quede con la certeza de que estaba en buenas manos. El Sr. Carlos Belmonte como el Sr. Joan Recoder, me despejaron todas las dudas planteadas por mí. Su actuación profesional y rigurosa en todo el proceso, culmino con un resultado favorable a mis intereses. Muy agradecido con el trato y trabajo desarrollado.

Preguntas frecuentes

¿Qué se entiende por llave falsa a efectos del delito de robo?

El artículo 239 del Código Penal establece que se consideran llaves falsas: Las ganzúas u otros instrumentos análogos, las llaves legítimas perdidas por el propietario u obtenidas por un medio que constituya infracción penal, y cualesquiera otras que no sean las destinadas por el propietario para abrir la cerradura violentada por el reo. Asimismo, se consideran llaves a estos efectos las tarjetas, magnéticas o perforadas, los mandos o instrumentos de apertura a distancia y cualquier otro instrumento tecnológico de eficacia similar.

¿Qué ocurre con las lesiones que puedan derivarse de un delito de robo con violencia?

Las lesiones que el autor cause a la víctima en la comisión de un delito de robo con violencia, y tengan entidad suficiente, serán castigadas como delito de lesiones de forma independiente.

¿El delito de robo con violencia puede cometerse por imprudencia?

No. El delito de robo con violencia sólo puede cometerse mediante dolo, dado que el Código Penal no prevé su comisión imprudente.

El mejor resultado posible gracias a la mejor defensa penal

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